...según la justicia argentina
Fallo de Corte:
Visto y considerando
1.- Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo.-.
2.- Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.
3.- Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda al Lobo para que este calmara su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos en autos.
4.- Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y que hay evidencias que primero conversa con ella.
5.- Que es Caperucita quien le da pistas al Lobo y le señala el camino de la casa de la abuelita.
6.- Que la anciana es inimputable, ya que confunde a su nieta con el Lobo.
7.- Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela, Caperucita no se alarma.
8.- Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita demuestra a las claras lo poco que iba a visitarla, hecho que tipificaría el delito de 'abandono de persona', por parte de la joven Caperucita.
9.- Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta punible.
10.- Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más hacer para alertarla, se come a Caperucita, es porque ya no le quedaba otra alternativa.-
11.- Que es altamente posible que, antes, Caperucita hiciera el amor con el Lobo, y lo disfrutara.
12.- Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo: «¿Adónde vas?», responde: «A bañarme desnuda en el río...», cobra cada día más fuerza.
13.- Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que provoca los más bajos instintos, brutales y depredadores, en la pobre fiera.
14.- Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la conducta de la susodicha Caperucita.-
15.- Que párrafo aparte, cabe atribuir responsabilidad en el hecho a la madre de Caperucita, quien exhibe culpabilidad por no acompañar a su hija.-
Por todo lo antes dicho, se revoca el fallo de Cámara, absolviéndose al Señor Lobo, y se dispone además:
a) Apercibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela presentarse en hospital a designar, para su observación gerontológica,
b) A la madre, apercibirla para que cumpla correctamente con sus deberes de madre
c) A Caperucita, a realizar trabajos comunitarios en el Zoológico local para conocer acabadamente la naturaleza y el instinto animal.
Aclarase asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el buen nombre y honor del Señor Lobo.
Publíquese, archivase, y téngase por firme el presente fallo.-
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